En la España de la década de los treinta empezaban
a darse las condiciones sociopolíticas necesarias para la lucha por la igualdad
entre mujeres y hombres. Pero en realidad distaba mucho de lo que
venía produciéndose en el contexto internacional, mientras en otros países
la situación de la mujer no caminaba por renglones democráticos, España será el
primer país que le conceda el voto, este caminar contra corriente se verá también
dentro del país, ya que había que tener en cuenta aspectos que no
ayudaban a una lucha en favor de la igualdad. Una sociedad con una
clara proyección católica y el escaso interés de la
izquierda en este sentido, que veía como las
posiciones políticas se iban radicalizando y restaban
su atención en la lucha femenina.
El feminismo español no funcionó como movimiento especifico
sino que vio crecer su desarrollo en torno al conflicto de la izquierda y la
derecha, pues es bien sabido, que la agenda feminista siempre pasa a un segundo
plano en la agenda política, pese a dejar en desigualdad al 50% de la
población. Sin embargo, debemos subrayar el importante papel que jugaron durante
el periodo republicano diversas asociaciones femeninas, en los que sus
principios y reivindicaciones variaban según la condición social,
cultural o económica de sus asociadas, teniendo un mayor protagonismo y
desarrollo en los núcleos urbanos que en las zonas rurales. Tampoco
podemos hablar de movimiento revolucionario ya que no contó con el
respaldo masivo de todas las mujeres españolas y tampoco gozó de un claro
activismo general.
La decisión republicana de ratificar el derecho de
la mujer a salir elegida como diputada en Cortes en
1931, permitió la elección de Victoria Kent del Partido
Radical Socialista y Clara Campoamor del Partido Radical, siendo las primeras
mujeres elegidas diputadas en la Historia de España, pero caía en una gran
paradoja: mujeres que eran elegidas, pero que no podían elegir.
El mayor logro político, junto a lo anterior, fue
la consecución del sufragio universal, que fue aprobado en el
artículo 36 de la Constitución de 1931.
Esta aprobación se consiguió tras un gran debate
parlamentario. Este debate estuvo marcado por una doble consideración. En
primer lugar, desde el punto de vista ideológico y ético, negar el
legítimo derecho de voto a la mujer era una decisión antidemocrática
y reflejaría una contradicción con los nuevos ideales
instaurados en España de progreso y modernización. En
segundo lugar, desde la estrategia política, dividía al parlamento en
dos grupos, por un lado, los que apoyaban que el sufragio sería el reflejado en
la constitución e igualitario a los hombres, que
lo defendían los socialistas y los diputados de derechas,
consecuentes estos últimos, que el conservadurismo femenino del momento,
serviría para echar abajo la República. Frente a este grupo se encontraban
aquellos que veían en el sufragio femenino un obstáculo en
la práctica política anteponiendo este aspecto por encima de las
razones ideológicas, esta postura era defendida
por Acción Republicana, los Radical-Socialistas y los Radicales a los
que pertenecía Clara Campoamor y que acabaría abandonando
en 1934 tras varios descontentos, posteriormente intento afiliarse a Izquierda
Republicana pero no se llevo a cabo y
terminara exiliada tras el estallido de la Guerra Civil.
En España, la lucha por el voto femenino no fue consecuencia
de un movimiento feminista consolidado sino como resultado del debate que
establecieron dos mujeres: Victoria Kent y la mencionada Clara Campoamor. Para
Kent, socialista, conceder el voto a las mujeres suponía un
error político, ya que las mujeres españolas estaban influenciadas por
la iglesia Católica y no convenientemente preparadas para ejercer su voto,
debido al analfabetismo masivo al que habían sido históricamente condenadas, lo
que arrastraría a la recién estrenada República a su
fin. Por contra, Clara Campoamor, defendía que
el único modo de
desarrollar políticamente el país de
manera democrática para las mujeres, era ejerciendo su derecho al
voto, y la República democrática nacida de manera pacífica en abril
del 31, tenía la obligación como tal, de certificar ese
derecho.
Los resultados electorales del 33 pudieron reflejar
la previsión que algunos partidos habían pensado tras
la introducción del sufragio femenino, con la victoria de
la CEDA. Otra interpretación es, si es consecuencia directa de ello o
una mala planificación de los diferentes
partidos políticos que ostentaban el papel de protagonistas de
un país democrático y que no supieron canalizar la
importancia de las mujeres como elementos principales del
futuro político del país.
Fuese de un modo u otro, lo cierto es que el sufragio
universal era una obligación y una necesidad en el contexto de la Segunda
República. Un sistema plenamente democrático, que en algunos aspectos resultaba
más progresista que el actual sistema heredado de la Transición. El avance fue
de tal envergadura que en cuestiones sociales dejó atrás en esta materia a
muchos países europeos y americanos, que tradicionalmente, se toman como
referencia.
Clara Campoamor
Esta entrada se ha escrito gracias a la colaboración de Silvia Arribas Alonso, compañera y que comparte una de mis pasiones.